El pasado 13 de febrero, el equipo de Atrea Abogados asistió al Desayuno Concursal organizado por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), centrado en el análisis práctico de la implantación del nuevo modelo organizativo de la Justicia Mercantil tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
La jornada permitió abordar, algunos puntos relevantes sobre la perspectiva técnica y aplicada, de cómo se estructurará a partir de ahora la tramitación de los procedimientos concursales en España, especialmente en relación con el derecho mercantil.
¿Qué cambia con la Ley Orgánica 1/2025 en la Justicia Mercantil?
La reforma introduce una transformación estructural en la organización judicial.
Desaparece el modelo tradicional de juzgados mercantiles como órganos configurados en torno a una unidad funcional con equipo propio. En su lugar, la tramitación pasa a integrarse dentro del nuevo Tribunal de Instancia, bajo un sistema de Servicios Comunes especializados.
Este cambio no altera la competencia material en materia concursal, pero sí modifica de forma relevante la organización interna y la gestión de los procedimientos.
El nuevo modelo: Tribunal de Instancia y Servicios Comunes
La estructura organizativa se articula en tres grandes bloques:
Servicio Común General
Encargado del registro de escritos, reparto y gestión inicial de los procedimientos:
Servicio Común de Tramitación Concursal
Asume la tramitación íntegra del procedimiento: admisiones, subsanaciones, traslados, comunicaciones, impulso procesal.
Servicio Común de Ejecución
Centraliza todas las ejecuciones, incluidas las derivadas del procedimiento concursal.
Cada procedimiento se asigna a una “plaza judicial”, pudiendo intervenir distintos funcionarios según la fase procesal en la que se encuentre el expediente.
Impacto práctico en concursos de persona física y concursos sin masa
Uno de los aspectos más relevantes analizados durante el encuentro fue el impacto práctico de esta reorganización en los concursos de persona física y en los concursos sin masa.
El nuevo sistema implica:
- Mayor especialización en la tramitación.
- Gestión más estandarizada de los procedimientos.
- Interacción más centralizada con la oficina judicial.
- Necesidad de mayor precisión técnica en la presentación de escritos.
Aunque el objetivo es ganar eficiencia y homogeneidad, en la fase inicial de implantación pueden surgir ajustes operativos propios de cualquier transformación estructural.
La importancia estratégica del primer escrito en el nuevo modelo
Una de las conclusiones más destacadas fue la importancia crítica del escrito inicial.
En un entorno en el que distintos funcionarios pueden intervenir en diferentes fases del procedimiento, resulta esencial:
- Exponer los hechos de forma cronológica y clara.
- Delimitar con precisión la situación de insolvencia.
- Aportar documentación completa e indexada.
- Formular peticiones diferenciadas y técnicamente fundamentadas.
- Facilitar la comprensión integral del expediente desde el primer momento.
En este nuevo marco organizativo, la claridad, la sistematización y la técnica procesal adquieren un valor aún más determinante.
Objetivos claros de la Ley: un cambio estructural con vocación de eficiencia
La Ley Orgánica 1/2025 tiene como finalidad:
- Unificar criterios organizativos.
- Reducir tiempos muertos.
- Profesionalizar la tramitación.
- Optimizar la gestión judicial.
Nos encontramos ante una reforma de alcance estructural que exige adaptación por parte de los profesionales del ámbito concursal, tanto en la preparación documental como en la estrategia procesal.
Conclusión: adaptación estratégica al nuevo modelo de Justicia Mercantil
La Ley Orgánica 1/2025 supone un cambio organizativo relevante en la Justicia Mercantil española. Aunque no modifica la normativa sustantiva concursal, sí transforma el entorno práctico en el que se desarrollan los procedimientos.
La asistencia al Desayuno Concursal del ICAM permitió analizar estas novedades desde una perspectiva aplicada, confirmando la necesidad de adaptar la estrategia procesal al nuevo modelo.
Desde Atrea Abogados continuaremos realizando un seguimiento constante de la evolución del sistema y ajustando nuestros protocolos internos para garantizar la máxima eficacia en la defensa de los intereses de nuestros clientes en procedimientos concursales.
